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  1. SIC falla a favor de Caracol TV y RCN en caso contra operadores

    Señaló que Telmex, Telefónica, Directv, ETB y UNE no pueden transmitir la señal sin autorización.

    Spoiler

    La Superintendencia de Industria y Comercio falló a favor de Caracol Televisión y RCN en la demanda en la que las dos compañías solicitaron que los operadores de Telmex, Telefónica, Directv, ETB y UNE se abstuvieran de transmitir sus canales tanto en el formato de señal análoga, como en el de alta definición.

    Caracol Televisión y RCN, en medio de la demanda, alegaron que por ser organismos de radiodifusión tienen el derecho de autorizar o prohibir la retransmisión de sus emisiones por cualquier medio o procedimiento, según lo previsto en el artículo 39 de la Decisión 351 de 1993, en la Ley 23 de 1981 y en la Convención de Roma.

    Por su parte, los operadores indicaron que no están obligados a obtener el permiso de los demandantes para la retransmisión de sus canales por el artículo 11 de la Ley 680 de 2001, norma que, en opinión de los demandados, habría establecido una limitación o excepción a los derechos conexos de autor de los demandantes.

    La decisión de la SIC

    Superindustria, en medio del fallo, avaló los argumentos presentados por Caracol Televisión y RCN, por lo que ellos tienen la facultad de autorizar o prohibir la retransmisión de sus señales por cualquier medio o procedimiento.

    Además, la SIC consideró que la obligación consagrada en el artículo 11 de la Ley 680 de 2001, en relación con la obligación que tienen las empresas de televisión por suscripción de garantizar la recepción de los canales de televisión abierta, de ninguna manera es una limitación o excepción a los derechos conexos de retransmisión de empresas como Caracol y RCN.

    La entidad explicó que la obligación del artículo 11 de la Ley 680 de 2001 para los operadores consiste en garantizarle a sus suscriptores, sin costo alguno, la recepción de los canales de televisión abierta, para lo cual pueden acudir a diferentes alternativas como la de obtener la autorización de los dos canales.

    Por esta razón, los operadores de Telmex, Telefónica, Directv, ETB y UNE no podrán retransmitir las señales de Caracol Televisión y RCN, excepto que las dos compañías decidan dar una autorización previa.

    [ELTIEMPO.COM]

    1. Mostrar mensajes anteriores  3 más
    2. Driver 1

      Driver 1

      No, lo que está hecha es mal la ley, esos dos canales u otro abierto podrían cobrar al cablero, pero el cablero no puede cobrarle al abonado.

    3. crisveg

      crisveg

      Algo me dice que el Nuevo Canal Uno y el Tercer Canal se van a tapar en plata con los suscriptores que Caracol y RCN van a perder por darselas de muy machitos.. Y ademas que se van a joder porque la TDT no llega ni a la mitad del país, van a estar peor que cuando empezaron jajajajajajaja

    4. TeleJuanchoHD

      TeleJuanchoHD

      Y hasta ahora nuestros cables no lo hacen. Pero a RCN y Caracol no les importa, dicen que es por "derechos de autor" (es decir, según ellos los cables se roban los canales, y bajo esa lógica, quien tenga TV Abierta analógica o digital también debería pagar porque de lo contrario al recibirlos gratuitamente también estaría "violando derechos de autor") cuando los cables ni siquiera publicitan los programas de TV Abierta. Pero en realidad es pura avaricia, ellos ya tienen plata de sobra y quieren más. De hecho, con esa plata habrán sobornado a la SIC para ponerlos de su lado y hacer a los cables pagar. Y suponiendo que ese artículo estaba desde muchísimo antes del conflicto (que comenzó hace 2 años), ¿por qué se ponen a chillar esos canales ahora? Cuando esos canales "ganen" la pelea y se sepa que esos fulanos ejecutivos hayan comprado mansiones de lujo en Miami, una Hummer o playas privadas en Cartagena (por ejemplo), será momento de sospechar.

    5. Mostrar más comentarios  3 más
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