[align=justify:gkac9a6h][size=99px]Ley de Medios: El Grupo Clarín deberá desprenderse de sus licencias antes del 7 de diciembre[/size][/align:gkac9a6h]
[align=justify:gkac9a6h][size=99px]El fallo fue firmado por unanimidad por la Corte Suprema de Justicia. Establece que las medidas cautelares en torno a la no aplicación del artículo 161 son precarias, no definitivas y no pueden sustituir la resolución de fondo. Con ellas, “se crea un derecho precario, lo que constituye una lesión al objetivo de afianzar la Justicia señalado en el Preámbulo de la Constitución Nacional”. El texto completo de la resolución.[/size]
Un fallo unánime, que lleva las firmas de Lorenzetti, Highton, Fayt, Petracchi, Maqueda y Zaffaroni establece que antes del 7 de diciembre el Grupo Clarín debe acatar lo establecido por la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual.
De esta manera, las medidas cautelares que beneficiaban a la empresa quedan sin efecto. Es que para los magistrados, estas resoluciones “precarias”, “no pueden sustituir la resolución de fondo”.
Además, el máximo tribunal de Justicia confirmó la cautelar que había suspendido la aplicación del artículo 161 de la Ley 26.522, con el plazo que había dispuesto la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal, pero contados a partir de la fecha del dictado de la medida, el 7 de diciembre de 2009.
Según se desprende del fallo de la Corte, a la presentación realizada por el Grupo Clarín, la Cámara de Apelaciones, mediante sentencia del 12 de mayo de 2011 impuso un plazo de 36 meses para la vigencia de la cautelar, contados desde la notificación de la demanda. Se trata de suspensión del artículo 161 de la normativa.
“La medida cautelar debe mantenerse porque ya se ha dictado sentencia de la Corte en esta misma causa y en el mismo sentido”, establece en la resolución, al tiempo que considera que “el plazo de treinta y seis meses fijado por la Cámara no resulta irrazonable y se ajusta a los tiempos que insume la vía procesal intentada”.
Con estos elementos, concluye que “el plazo de 36 meses de la cautelar se cuenta a partir del 7 de diciembre de 2009 y vence el 7 de diciembre de 2012”.[/align:gkac9a6h]
Fuentes:
- http://www.lanoticia1.com/node/30088
- http://www.rosario3.com/noticias/pais/noticias.aspx?idNot=112176&Clarín-tiene-hasta-diciembre-para-cumplir-con-la-ley-de-medios
- http://www.etcetera.com.mx/articulo.php?articulo=12927
- http://notio.com.ar/ultimas-noticias/ley-de-medios-la-corte-suprema-destrabo-el-articulo-de-desinversion-27361
- http://www.lanacion.com.ar/1475480-la-corte-destrabo-un-articulo-clave-de-la-ley-de-medios
- http://www.diariouno.com.ar/pais/La-Corte-destrabo-el-articulo-161-de-la-Ley-de-Medios-que-obliga-a-la-desinvertir-para-evitar-concentracion-20120522-0034.html
Entonces…
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