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Noticias TDA.


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Televisión Digital Satelital (TDS)

 

Llega la televisión digital a localidades que no son alcanzadas por las antenas

Destacada

Entre Ríos

03/08/2014

 

Miles de entrerrianos se inscribieron para contar con el servicio gratuito de televisión digital satelital que se prestará en localidades entrerrianas que no son alcanzadas por la señal de las antenas de Paraná, Gualeguaychú y Concordia.

 

Equipos del Ministerio de Cultura y Comunicación de la provincia y de la empresa estatal Ar-Sat recorrieron ciudades y pueblos reuniendo solicitudes y realizando los trámites para que el equipamiento llegue a todos los hogares interesados.

 

Los operativos de empadronamiento comenzaron en Basavilbaso y continuaron en Urdinarrain, Bovril, Villa Clara, Rosario del Tala, La Paz, Santa Elena, Hernandarias y Hasenkamp. En cada localidad, en conjunto con los gobiernos locales y entidades de la sociedad civil, equipos de la Secretaría de Telecomunicaciones y del Ministerio de Planificación Federal brindaron charlas informativas a los vecinos y recibieron las solicitudes para la posterior entrega de los equipos.

 

La Televisión Digital Satelital (TDS) es un sistema de transmisión y recepción de la señal digital a través de un satélite. Complementa las formas actuales de distribución de la Televisión Digital Abierta (TDA) y permite cubrir todo el territorio nacional y ofrecer el acceso al servicio donde, por razones técnicas o geográficas, no llega la señal de las antenas.

 

“En Entre Ríos hay antenas en Paraná, Gualeguaychú y Concordia. Próximamente, se instalarán otras en Victoria y Concepción del Uruguay. A los lugares donde la señal de esos dispositivos no llegue, paulatinamente se les irá brindando cobertura vía satélite para en el mediano plazo toda la provincia esté cubierta y todos los entrerrianos puedan acceder a esta televisión gratuita con la mejor calidad en imagen, sonido y contenidos”, informó el ministro de Cultura y Comunicación, Pedro Báez.

 

“Lo que se está realizando en estas localidades es en el marco de una prueba piloto para la que Entre Ríos fue seleccionada en primer término. Esto es fruto del acompañamiento activo que por instrucción de nuestro gobernador Sergio Urribarri hacemos de cada una de las políticas públicas que implementa el gobierno nacional. Estamos a la vanguardia también en relación a la televisión digital”, agregó.

 

“Desde el año pasado, este sistema se implementa en escuelas rurales y de islas, y en Alcaraz, San José de Feliciano y Arroyo Barú. Se trata de llegar con la televisión donde nunca llegó el cable o a los lugares donde las empresas no quieren invertir porque no es rentable. Allí debe estar el Estado para igualar. En ese camino estamos”, resaltó Báez.

 

Para recibir el servicio de televisión satelital cualquier ciudadano, desde cualquier lugar del país, requiere solamente de energía eléctrica, un aparato de televisión y un kit compuesto por la antena y el receptor satelital, que en este caso son provistos por el Estado en forma gratuita.

 

El plan de implementación de la TDA incluye, además, la instalación de antenas satelitales en escuelas rurales, semi rurales y de frontera en todo el país, para permitir así el acceso igualitario a la televisión digital, la información y las nuevas tecnologías a todos los habitantes del territorio nacional.

 

Podrán acceder al equipamiento en forma gratuita los beneficiarios de pensiones no contributivas por invalidez, vejez o familias con más de siete hijos, quienes reciban la asignación universal por hijo o por embarazo, los jubilados y pensionados con haberes mínimos y quienes cuenten con otros programas o planes sociales. Los interesados deberán presentarse con original y fotocopia del DNI, constancia de CUIL y documentación que respalde el beneficio que reciben.

 

Los equipos llegarán en los meses siguientes a través de los instaladores, contratados por Ar-Sat, quienes dejarán el servicio en marcha en cada uno de los hogares beneficiados.

 

Los infantiles PakaPaka y Tatetí; los canales de noticias C5N, CN23 y el latinoamericano Telesur; DeporTV, la TV Pública, Encuentro, 360TV, los musicales Vibra, Arpeggio y Viajar (turismo), Tecnópolis (ciencia), y Construir TV, canal temático de la Unión Obrera de la Construcción de la República Argentina (Uocra), integran la grilla que ofrece la TDA y de la que cada vez disfrutan más entrerrianos.

 

http://www.noticiasvillaguay.com.ar/?p=6571

  • Muy bueno 1
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Chubut
 
Televisión Digital Satelital (TDS)
 
 
 
Televisión Digital Abierta
 
A través de la Secretaría de Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva, desde mañana un equipo técnico del programa de Televisión Digital Abierta (TDA) en la provincia relevará entre los beneficiarios de planes sociales nacionales (como la Asignación Universal por Hijo o jubilaciones), quiénes integrarán el padrón para recibir de manera gratuita los decodificadores de este sistema televisivo. El relevamiento, que comienza en Sarmiento, se extenderá por las restantes localidades de la Comarca Senguer-San Jorge que quedan fuera del alcance de la estación digital terrestre instalada en Comodoro Rivadavia.
 
“Hasta el momento tenemos las estaciones digitales terrestres en Comodoro Rivadavia, Rawson y Lago Puelo, y el año que viene se instalarán en Madryn y Esquel”, puntualizó el secretario de Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva de Chubut, Santiago Miguelez, y aclaró que “el relevamiento va a permitir que el Gobierno Nacional, con la empresa ArSat, provea las antenas domiciliarias de TDA vía satélite” por tratarse de zonas que no son alcanzadas por ninguna de las tres antenas digitales instaladas en Chubut.
 
Gratuito
Miguelez destacó la gratuidad del acceso a este sistema de televisión para todos aquellos beneficiarios de planes sociales, junto con la alta calidad de imagen y programación que posee, y remarcó el acompañamiento del Estado Provincial a esta iniciativa “para que llegue a cada beneficiario de la manera más efectiva”.
Asimismo, aclaró que en los lugares que quedan bajo la cobertura de las antenas “al sistema se accede con un kit decodificador que se conecta al televisor, o que ya viene incorporado en algunos aparatos de televisión nuevos”, y recordó que “se puede acceder a este kit decodificador de manera gratuita siendo beneficiario de algún plan social nacional, o adquirirlo a un valor muy accesible para disfrutar de contenidos de calidad”.
 
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Fonrradona recibió a funcionarios del Consejo Asesor de Televisión Digital Abierta
 
En el encuentro que se desarrolló en la Casa de Gobierno, asistieron los funcionarios nacionales Sebastián Porto y Lucas Boneto, quienes arribaron a la provincia a entregar kits de la TDA, oportunidad en la que también recibirán solicitudes de quienes deseen acceder al beneficio.
 
 
 
USHUAIA, 7 de agosto.- El secretario de Coordinación de Gabinete, Lisandro Fonrradona recibió este jueves a funcionarios del Consejo Asesor de Televisión Digital Abierta (TDA), del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicio de Nación, y al director Ejecutivo del PAMI, Camilo Gómez.
En el encuentro que se desarrolló en la Casa de Gobierno, asistieron los funcionarios nacionales Sebastián Porto y Lucas Boneto, quienes arribaron a la provincia a entregar kits de la TDA, oportunidad en la que también recibirán solicitudes de quienes deseen acceder al beneficio.
Fonrradona comentó al respecto que en el encuentro se abordaron “cuestiones vinculadas con la vida propia de los canales públicos de la provincia y la idea de poder trabajar conjuntamente de un proyecto que nos lleve a la digitalización”
“Si bien ya hubo algunas ayudas de Nación, el objetivo es poder concretar en el más corto plazo posible la conversión digital de los canales públicos 11 de Ushuaia y 13 de Río Grande”, precisó el Secretario.
En tal sentido, observó que “sabemos que el apagón analógico se produce en 2019 y parece que faltara mucho pero son cinco años, y la idea es poder concretarlo lo más ante posible”, por lo que acordaron continuar reuniéndose el mes próximo.
La TDA es una política de integración digital impulsada por el Ministerio de Planificación Federal Inversión Pública y Servicios. Se trata de una plataforma de TV que utiliza la más moderna tecnología digital para transmitir en alta calidad de imagen y sonido (HD) de manera gratuita que, además ofrece adicionalmente otros servicios interactivos.
 
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  • 2 semanas después...
Televisión Digital Satelital (TDS)
 
TDA en Curuzú Cuatiá
DESTACADO
Sábado, 16 de Agosto de 2014 09:47
 
CURUZÚ CUATIÁ (Agencia Curuzú) | El gobierno nacional a través del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Publica y Servicios  lanzó hace poco más de 3 años la Televisión Digital Abierta (TDA.) Un servicio gratuito para aquellos que no tengan acceso a la señal televisiva o que les resulte difícil pagar para tenerla. Hoy comenzó en nuestra ciudad la inscripción para acceder a este beneficio y continuará el martes 19 y miércoles 20 en Casa del Bicentenario. Podrán anotarse los beneficiarios de planes sociales tanto nacionales como provinciales. El Secretario de Gobierno Cdor. Leandro Páez habló dio detalles de la cuestión para quienes quieran anotarse.  "Es totalmente gratuito, para todos aquellos que se le haga difícil pagar el servicio de televisión que están accediendo hoy", manifestó en "Hora Siete" por FM Total 
"Este sistema es decodificador con antena, es satelital,  son antenas individuales que captan la señal directamente no hace falta una antena terrestre".
"Hoy va a ser el relevamiento de los que cumplan las condiciones necesarias que son; tener algún beneficio social sea asignación universal, pensión, jubilación mínima, pensión por discapacidad, madres de 7 hijos, todo tipo de beneficio social sea nacional o provincial".
"Pueden acercarse a la Casa del Bicentenario Irastorza al 1500 de 9 a 16 hs hoy viernes, el martes y el miércoles vamos a estar atendiendo con la gente que vino de Nación en esta política inclusiva de traer la televisión digital gratuita para los curuzucuateños".
"Después de este relevamiento se envía a Nación y van a venir a hacer las instalaciones en cada uno de los domicilios. Es totalmente gratuito, tiene una grilla de canales, hoy la cobertura de distribución nacional son 18 canales, es una alternativa para todos aquellos que se le haga difícil pagar el servicio de televisión que están accediendo hoy".
Los requisitos son los siguientes: "Tienen que traer fotocopia de documento,  y el último recibo del haber que están cobrando y el que no tenga ningún tipo de ingreso; se acerca con la fotocopia del documento y nosotros vamos a estar tratando la certificación negativa para acreditar que está en condiciones".
Por último Páez comentó que no hay un cupo de inscripción y señaló: "Invitamos a los que no pueden acceder o se le hace muy difícil. El mismo sistema  determina si el grupo familiar tiene ingresos superiores".
 
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Televisión Digital Satelital (TDS).
 
[b][size=150]La Televisión Digital Abierta llega a Empedrado[/size][/b]
 
agosto 20, 2014 - Noticias
Comunicado de Prensa
Beneficios de la TDS
El servicio es gratuito, no se paga abono.
Alta Calidad, 17 señales de las cuales 2 señales también se transmiten en HD.
Federal. Alcance a todo el territorio.
 
Para pedir tu kit satelital tenés que acercarte hasta la Municipalidad de Empedrado (Palacio Municipal) los días 20, 21 o 22 de Agosto, de 17 a 20 Hs.
Los beneficiarios van a tener acceso al equipamiento satelital que contempla la entrega e instalación del kit.
 
Kit satélital:
 
Un decodificador (STB) que va conectado al televisor.
Una antena tipo plato (90 cm de diámetro) que va en el exterior.
Tarjeta Smartcard.
Demás componentes para la correcta conexión.
Los hogares beneficiarios son aquellos que reciben:
Pensiones no contributivas correspondientes e invalides, vejez y/o madre de 7 hijos o mas hijos,
Asignación Universal por hijo,
Jubilaciones y/o pensiones, con haberes mínimos nacionales y/o provinciales.
Programas o planes sociales de algún tipo y se encuentre contemplado en algunos de los padrones de organismos gubernamentales.
Requisitos: traer DNI, Fotocopia y documentación que respalde que sean beneficiarios y fotocopia (ej: recibo de haberes en los casos de jubilación o pensión, constancia de inscripción a un plan Social, Certificado de discapacidad, etc.)
Existen dos formas de transmitir la Televisión Digital Abierta: la terrestre y la satélital. En este caso será de forma satélital.
La televisión digital Satélital (T.D.S.) es un sistema de transmisión y recepción de la señal de TV que se emite desde un satélite hacia las antenas receptoras.
Con esta tecnología se puede acceder a televisión gratuita y de calidad en cualquier punto del país.
 
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Chacabuco.
 
Avanza la obra de la Antena de TDA
 
antenaTDA.jpg
 
22/08/2014
 
Ayer por la mañana el Intendente Municipal, Mauricio Barrientos, recorrió junto al subsecretario de Prensa y Comunicación, Emilio Scandizzo, el predio donde funcionará la Antena de Televisión Digital Abierta.
Los trabajos comenzaron hace casi dos meses y ya se encuentra avanzada la obra civil en lo que respecta a la nivelación del terreno, la colocación de las bases que llevarán las riendas de la antena y las plataformas de hormigón sobre las que se colocarán los equipos.
El Intendente Barrientos destacó la magnitud de la obra que tiene un costo aproximado de unos 60 millones de pesos, entre obra civil y equipamiento tecnológico. “es una enorme inversión la que está realizando Gobierno que conduce Cristina Fernández de Kirchner en materia de inclusión digital, que no es ni más ni menos que inclusión social”.
El Jefe Comunal informó que esta antena quedará definitivamente en Chacabuco, a diferencia de la que funciona actualmente en el Parque Recreativo que será retirada al momento de que funcione la que está en construcción.
La semana próxima podrían llegar los tramos de la antena y comenzaría a levantarse. Se estima que para noviembre o diciembre esta antena esté transmitiendo.
“Esto es posible gracias a que Julián Domínguez trabaja permanentemente para Chacabuco, independientemente del lugar de responsabilidad que le toque ocupar”, dijo el Intendente Barrientos para cerrar.
 
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Hola Rauh55!

Solo pueden operar en digital "espejo" en la misma zona donde pertenece la licencia analógica, eso es para todos los medios y no solo esos canales puntuales. Solo pueden "escaparse de esa zona con alguna emisora afiliada al mismo medio descontando su propia cuota de pantalla.

Slds.

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'LLEGÓ LA ANTENA DE TDA A CHACABUCO'
 
27/8/14- En la tarde de hoy arribó a la quinta que el municipio adquirió en inmediaciones de la Curva del Sol la antena de Televisión Digital Abierta. Allí estuvieron presentes el subsecretario de Prensa y Comunicación, Emilio Scandizzo y el secretario de Servicios Públicos, Sergio Virgilio.
Scandizzo indicó que la obra civil está próxima a finalizar y que llegó la antena de 60 metros aproximadamente que será levantada en los próximos dos meses. Una vez levantada, resta la llegada de los equipos que permitirán poner en funcionamiento la Televisión Digital Abierta con una mayor potencia y una grilla más amplia de canales que la que actualmente está ubicada en el Parque Recreativo Municipal.
El Intendente Municipal, Mauricio Barrientos, estuvo la semana pasada recorriendo la quinta y puso a disposición de la empresa una máquina del Corralón Municipal para descargar los tramos que conformarán la antena.
Club Fénix de Básquet Femenino de Chacabuco en Junín
27/8/14- Se disputo la primera fecha de de la 2da. rueda del torneo femenino de la liga juninense de básquet. En esta oportunidad el Club Fénix de Chacabuco visitó a Club Argentino de Chivilcoy y los resultados fueron los siguientes:
Mini: Argentino 0 – fenix 4
Infantiles: Argentino 40 – Fenix 63
Menores: Argentino 65 – Fenix 61
 
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Plan Nacional de Servicios de Comunicación Audiovisual Digitales
 
 
AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL
Resolución Nº 938/2014
Bs. As., 26/8/2014
VISTO el Expediente Nº 2396/2014 del registro de la AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS
DE COMUNICACION AUDIOVISUAL, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 93 de la Ley Nº 26.522 establece que el PODER EJECUTIVO NACIONAL
aprobará el PLAN NACIONAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL DIGITALES,
en el cual se fijarán las condiciones de emisión durante la transición a los servicios de
radiodifusión digitales; debiéndose mantener los derechos y obligaciones de los titulares de
licencias obtenidas por concurso público para servicios abiertos analógicos, garantizando
su vigencia y área de cobertura, en tanto se encuentren operativos y hasta la fecha de finalización
del proceso de transición tecnológica que al efecto establezca el PODER EJECUTIVO
NACIONAL.
Que a través del Decreto Nº 1148 de fecha 31 de agosto de 2009 (B.O. 1/09/2009), se creó el
SISTEMA ARGENTINO DE TELEVISION DIGITAL TERRESTRE (SATVD-T), basado en el estándar
denominado ISDB-T (Integrated Services Digital Broadcasting Terrestrial), el cual consiste en un
conjunto de patrones tecnológicos a ser adoptados para la transmisión y recepción de señales
digitales terrestres, radiodifusión de imágenes y sonido; y se estableció un plazo de DIEZ (10) años
a fin de realizar el proceso de transición de la televisión analógica a dicho sistema.
Que el PLAN NACIONAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL DIGITALES
debe prever además, las condiciones de transición de las emisoras de titularidad estatal, universitarias,
de los Pueblos Originarios y de la Iglesia Católica.
Que a fin de garantizar la participación ciudadana, la universalización del acceso a nuevas
tecnologías y la satisfacción de los objetivos previstos en la Ley, el artículo 93 mencionado requiere
que, antes de cualquier toma de decisión, se deberá cumplir con la sustanciación de un
procedimiento de elaboración participativa de normas y de audiencia pública.
Que el Decreto Nº 1172 del 3 de diciembre de 2003, relativo al acceso a la información
pública, institucionalizó los instrumentos de las audiencias públicas y de la elaboración participativa
de normas, estableciendo un procedimiento común para la administración pública
nacional centralizada y descentralizada que funcione bajo la jurisdicción del PODER EJECUTIVO
NACIONAL.
Que, en efecto, su artículo 1° aprobó el “Reglamento General de Audiencias Públicas para el
Poder Ejecutivo Nacional” (Anexo I) y el “Formulario de Inscripción para Audiencias Públicas del
Poder Ejecutivo Nacional” (Anexo II); mientras que su artículo 3° aprobó el “Reglamento General
para la Elaboración Participativa de Normas” (Anexo V) y el “Formulario para la Presentación de
Opiniones y Propuestas en el Procedimiento de Elaboración Participativa de Normas” (Anexo VI).
Que dichos reglamentos propenden a la ampliación de la participación de la sociedad en los
procesos de toma de decisiones de la Administración.
Que corresponde a esta AUTORIDAD FEDERAL, como autoridad de aplicación de la Ley
Nº 26.522, oficiar de autoridad responsable y convocante de los procedimientos de elaboración
participativa y audiencia pública, prescriptos por dicha norma.
Que, en consecuencia, deviene necesario el dictado del acto administrativo por el que se dé
inicio a los procedimientos; se disponga la publicidad del proyecto de norma en el Boletín Oficial
de la República Argentina; en dos diarios de circulación nacional y en la página web de este Organismo;
y se aprueben los formularios para la presentación de opiniones y propuestas y demás
formalidades para su instrumentación.
Que el COMITE REGULATORIO CONJUNTO PERMANENTE previsto en el artículo 12, inciso 4)
del Anexo I del Decreto Nº 1225/10, conformado merced al convenio suscripto por este Organismo
y el MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS; e integrado
por el Consejo Asesor del Sistema Argentino de Televisión Digital Terrestre, la Comisión Nacional
de Comunicaciones; la Secretaría de Comunicaciones, y por esta AUTORIDAD FEDERAL, se ha
expedido con relación a la pertinencia del proyecto propiciado.
Que en razón de la proximidad de la fecha de la audiencia pública que se convoca, la presente
medida se dicta en ejercicio de las atribuciones emanadas del artículo 5.4 del reglamento aprobado
por la Resolución Nº 312-AFSCA/10.
 
 
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS Y REGULATORIOS ha tomado la
intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en virtud de lo establecido por el artículo 93 de la Ley Nº 26.522
y su reglamentación aprobada por Decreto Nº 1225/10, y en uso de las facultades conferidas por
el artículo 12, inciso 1) de la Ley Nº 26.522 y 5.4 del Anexo I de la Resolución Nº 312-AFSCA/10.
Por ello,
 
EL PRESIDENTE DEL DIRECTORIO
DE LA AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS
DE COMUNICACION AUDIOVISUAL
RESUELVE:
 
 
ARTICULO 1° — Iníciase el procedimiento de elaboración participativa del “Plan Nacional de
Servicios de Comunicación Audiovisual Digitales”, de conformidad con las previsiones del artículo
93 de la Ley Nº 26.522, cuyo proyecto, como Anexo I integra la presente.
ARTICULO 2° — Apruébase el Formulario para la Presentación de Opiniones y Propuestas en
el Procedimiento de Elaboración Participativa del “Plan Nacional de Servicios de Comunicación
Audiovisual Digitales”, que como Anexo II integra la presente.
ARTICULO 3° — En el plazo indicado en el artículo 13 de la presente los interesados podrán
presentar sus opiniones y propuestas, a través del formulario referido en el artículo 2° el que
deberá ser retirado y presentado en la sede de la AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION
AUDIOVISUAL, sito en la calle Suipacha Nº 765, 3° Piso Frente, DIRECCION DE
DESPACHO Y MESA DE ENTRADAS o en las DELEGACIONES AFSCA del Interior del País.
ARTICULO 4° — Los formularios se identificarán del siguiente modo, en correspondencia con
el lugar en el que sea retirado, para su ulterior presentación:
• Sede Central - Cdad. Autónoma de Buenos Aires: 001-001 al 100
• Delegación Región Saladillo - 002-001 al 50
• Delegación Región Pergamino - 003-001 al 50
• Delegación Región General Pueyrredón - 004-001 al 50
• Delegación Región La Plata - 005-001 al 50
• Delegación Región Lincoln - 006-001 al 50
• Delegación Región Bahía Blanca - 007-001 al 50
• Delegación Catamarca: 008-001 al 50
• Delegación Chaco 009-001 al 50
• Delegación Chubut I - Comodoro Rivadavia 010-001 al 50
• Delegación Chubut II - Trelew 011-001 al 50
• Delegación Córdoba I - Capital 012-001 al 50
• Delegación Corrientes 013-001 al 50
• Delegación Entre Ríos 014-001 al 50
• Delegación Formosa 015-001 al 50
• Delegación Jujuy 016-001 al 50
• Delegación La Pampa 017-001 al 50
• Delegación La Rioja 018-001 al 50
• Delegación Mendoza 019-001 al 50
• Delegación Misiones 020-001 al 50
• Delegación Neuquén 021-001 al 50
• Delegación Río Negro I - Viedma 022-001 al 50
• Delegación Río Negro II - Bariloche 023-001 al 50
• Delegación Salta 024-001 al 50
• Delegación San Juan 025-001 al 50
• Delegación San Luis 026-001 al 50
• Delegación Santa Cruz 027-001 al 50
• Delegación Santa Fe l - Santa Fe 028-001 al 50
• Delegación Santa Fe II - Rosario 029-001 al 50
• Delegación Santiago del Estero 030-001 al 50
• Delegación Tierra del Fuego I - Ushuaia 031-001 al 50
• Delegación Tierra del Fuego II - Río Grande 032-001 al 50
• Delegación Tucumán 033-001 al 50
 
Las delegaciones llevarán un registro del retiro y presentación del formulario, con indicación
del presentante y su respectiva fecha.
ARTICULO 5° — El proyecto de norma a que alude la presente medida se encontrará
disponible para su consulta en la página web de la AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE
COMUNICACION AUDIOVISUAL (www.afsca.gob.ar). Las opiniones podrán ser comunicadas
a través de correo electrónico dirigido a [email protected], con los alcances previstos
en el artículo 17, del Anexo V, del Decreto Nº 1172/03. Asimismo, en la citada página se
encontrará disponible la Norma Nacional de Servicio para televisión digital terrestre abierta.
ARTICULO 6° — Convócase a audiencia pública para recabar opiniones relativas al proyecto
de decreto del PLAN NACIONAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL
DIGITALES de conformidad con las previsiones del artículo 93 de la Ley Nº 26.522, cuyo
proyecto, como Anexo I integra la presente.
ARTICULO 7° — Fíjase la fecha del 19 de septiembre de 2014, a las 9.00 hs., en el AUDITORIO
DE LA UNIVERSIDAD METROPOLITANA PARA LA EDUCACION Y EL TRABAJO, sito
en Sarmiento 2037 de la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, para la realización de la
audiencia pública que refiere el artículo que antecede.
ARTICULO 8° — La DIRECCION NACIONAL DE GESTION, ADMINISTRACION Y DESARROLLO
DE SERVICIOS AUDIOVISUALES presidirá la audiencia pública, difundiéndola a través
de canales institucionales y públicos, cuyo procedimiento se regirá por las disposiciones
del Anexo I del Decreto Nº 1172/03.
ARTICULO 9° — El área de implementación de la Audiencia Pública será la DIRECCION
DE EVALUACION TECNICA de la DIRECCION NACIONAL DE GESTION, ADMINISTRACION Y
DESARROLLO DE SERVICIOS AUDIOVISUALES.
ARTICULO 10. — Habilítase el Registro para la inscripción previa de los participantes a
la audiencia pública, en los términos y con los alcances previstos en el artículo 14 del Anexo
I del Decreto Nº 1172/03, en el ámbito de la DIRECCION DE EVALUACION TECNICA. El registro
se formalizará a través de la presentación del formulario, que como Anexo III integra
la presente, el que deberá ser retirado y presentado en la sede de la AUTORIDAD FEDERAL
DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL, sito en la calle Suipacha Nº 765, 3° Piso
Frente, DIRECCION DE DESPACHO Y MESA DE ENTRADAS o en las DELEGACIONES AFSCA
del Interior del País.
ARTICULO 11. — Apruébase el Formulario de Inscripción para Audiencias Públicas del
Poder Ejecutivo Nacional relativa al “Plan Nacional de Servicios de Comunicación Audiovisual
Digitales”, que como Anexo III forma parte de la presente.
ARTICULO 12. — Los formularios se identificarán como se indica en el artículo 4°, en
correspondencia con el lugar en el que sea retirado, para su ulterior presentación.
ARTICULO 13. — Los interesados podrán tomar vista, consultar el proyecto de norma y
sus antecedentes, a través de la compulsa del Expediente Nº 2396-AFSCA/14, en la sede de
la AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL, sita en la calle
Suipacha Nº 765, 3° Piso Frente —DIRECCION DE DESPACHO Y MESA DE ENTRADAS—,
durante un período de QUINCE (15) días hábiles administrativos, computados a partir del día
siguiente al segundo día de publicación de la presente, a los fines previstos por los artículos
16 del Anexo I y 14 del Anexo V del Decreto Nº 1172/03.
ARTICULO 14. — La presente medida se dicta ad referéndum del Directorio de esta AUTORIDAD
FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL.
ARTICULO 15. — Regístrese, comuníquese, publíquese por DOS (2) días en el Boletín
Oficial de la República Argentina y en DOS (2) diarios de circulación nacional, dése a la Dirección
Nacional del Registro Oficial y cumplido, archívese. — MARTIN SABBATELLA, Presidente
del Directorio, Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual.
 
 
ANEXO I
 
ELABORACION PARTICIPATIVA DE NORMAS DECRETO Nº 1172/2003
 
“Plan Nacional de Servicios de Comunicación Audiovisual Digitales”
ARTICULO 1.- Objeto.
El presente reglamento fija las condiciones de transición a los servicios de televisión
digital terrestre abierta.
ARTICULO 2.- Definiciones.
A los fines de la presente norma serán de aplicación las definiciones contenidas en la
Norma Nacional de Servicio para el servicio de comunicación audiovisual de televisión digital
terrestre abierta.
ARTICULO 3.- Sujetos alcanzados.
Los titulares de licencias y autorizaciones para prestar el servicio de televisión abierta
analógica que se encuentren operativas al dictado del presente se encuentran alcanzados
por este reglamento.
ARTICULO 4.- Plazo para la transición.
A fin de realizar el proceso de transición, al estándar digital adoptado por el Decreto
Nº 1148/09, rige el plazo de DIEZ (10) años, computados a partir de 1° de septiembre de
2009; o la fecha previa y/o parcial que establezca al efecto la AFSCA, de conformidad con el
grado de implementación del Sistema Argentino de Televisión Digital Terrestre y el desarrollo
del servicio de televisión digital terrestre abierta.
ARTICULO 5.- Condiciones de transmisión para los titulares de licencia.
Para la prestación de sus respectivos servicios, la AFSCA definirá para los titulares de
licencias un canal radioeléctrico, respetando el área de cobertura asignada a las licencias y
se le asignará capacidad necesaria para emitir el mismo contenido de su servicio analógico
a través del servicio digital, con definición Full HD 1080i (1920x1080) o hasta 12 Mbit/s y el
servicio de transmisión a dispositivos móviles (one-seg) para su propia programación en su
condición de sujeto obligado.
 
ARTICULO 6.- Obligaciones para los titulares de licencia.
Sin perjuicio de las obligaciones establecidas en la Ley Nº 26.522, los licenciatarios
deberán:
a) Emitir el mismo contenido de su servicio analógico (hasta la fecha de finalización de
la transición) a través del servicio digital y el destinado a dispositivos móviles, de ser implementado
por el licenciatario.
Prestar el servicio como licenciatarios obligados, conforme lo regula la Norma Nacional
de Servicio para el servicio de comunicación audiovisual de televisión digital terrestre
abierta, con relación a los licenciatarios vinculados y autorizados vinculados que determine
la AFSCA.
c) Prestar el servicio como licenciatario vinculado, conforme lo regula la Norma Nacional
de Servicio para el servicio de comunicación audiovisual de televisión digital terrestre abierta,
cuando el AFSCA así lo determine.
d) Prestar el servicio con modulación analógica hasta la oportunidad prevista en el artículo
4 y una vez vencido el plazo, dar fin a las transmisiones analógicas, continuando la
prestación de sus respectivos servicios con modulación digital, en la modalidad que les
fuera fijada para la transición, con sujeción al plazo de sus respectivas licencias.
ARTICULO 7.- Concursos públicos etapa transición.
Para aquellos prestadores cuyas licencias se extingan dentro del período dispuesto en
el Decreto Nº 1148/09, el AFSCA incorporará en los pliegos de bases y condiciones de los
respectivos concursos, por única vez y en carácter excepcional, un puntaje adicional a la
propuesta que realice quien sea el licenciatario obligado que surja de la aplicación de los
artículos 5 y 6 de esta norma. Ello sin perjuicio del ejercicio de las atribuciones que confiere
el artículo 50 de la Ley Nº 26.522 y su reglamentación aprobada por Decreto Nº 1225/10,
relativas a la continuidad del servicio.
ARTICULO 8.- Condiciones de transmisión de los titulares de autorizaciones.
La AFSCA asignará a los titulares de autorizaciones un canal radioeléctrico o un canal
digital de televisión según corresponda y demás parámetros técnicos, respetando el área de
cobertura asignada en oportunidad de otorgarse la autorización. La AFSCA podrá asignar,
adicionalmente, el servicio de televisión móvil.
ARTICULO 9.- Obligaciones de los titulares de autorizaciones.
Sin perjuicio de las obligaciones establecidas en la Ley Nº 26.522, los autorizados deberán:
a) Emitir el mismo contenido de su servicio analógico (hasta la fecha de finalización de
la transición) a través del servicio digital y el destinado a dispositivos móviles —en caso de
corresponder—.
Prestar el servicio como autorizados obligados, conforme lo regula la Norma Nacional
de Servicio para el servicio de comunicación audiovisual de televisión digital terrestre abierta,
cuando el AFSCA así lo determine.
c) Prestar el servicio como autorizados vinculados, conforme lo regula la Norma Nacional
de Servicio para el servicio de comunicación audiovisual de televisión digital terrestre
abierta, cuando el AFSCA así lo determine.
d) Prestar el servicio con modulación analógica hasta la oportunidad prevista en el artículo
4 y una vez vencido el plazo, dar fin a las transmisiones analógicas, continuando la
prestación de sus respectivos servicios con modulación digital, en la modalidad que les
fuera fijada para la transición, con sujeción al plazo de sus respectivas licencias.
ARTICULO 10.- Condiciones especiales de la transición relativas a las Universidades
Nacionales.
La AFSCA reasignará parámetros técnicos a las Universidades Nacionales para la prestación
del servicio de televisión digital terrestre abierta, considerando la disponibilidad de
espectro. Las Universidades Nacionales se podrán conformar en consorcios para la generación
de una/s señal/es de contenidos, que será/n emitidas a través de uno o varios canales
digitales, por un/os licenciatario/s o autorizado/s obligado/s, en las condiciones que al
efecto fije la AFSCA.
ARTICULO 11.- Repetidoras.
Las repetidoras autorizadas y operativas, de servicios analógicos licenciatarios y autorizados
a la entrada en vigencia de la Ley Nº 26.522, continuarán emitiendo en las condiciones
de su autorización, hasta la fecha de finalización de la transición dispuesta por el Decreto
Nº 1148/09.
Con carácter previo a la finalización del plazo de transición establecido por el Decreto
Nº 1148/09 o a la extinción de las licencias por vencimiento del plazo, comprendidas en la etapa
de transición, el AFSCA podrá convocar a concurso público para la adjudicación de licencias
del servicio de televisión digital terrestre abierta, en las localidades en las que se encontraban
autorizadas repetidoras de los titulares de licencias del servicio de televisión abierta.
Los pliegos de bases y condiciones que rijan dichos concursos públicos deberán prever
el otorgamiento de un puntaje adicional al oferente, que sea el anterior titular de la autorización
para repetir, siempre que se comprometa a transmitir contenidos que pudieran verse
afectados por el cese de emisiones de dichas repetidoras, con sujeción al porcentaje de
programación adquirida y/o retransmitida, permitido por los artículos 62, 65 y concordantes
de la Ley Nº 26.522 y dentro de los límites impuestos por el régimen de multiplicidad (artículo
45 de la Ley Nº 26.522).
Cuando la autorización para repetir lo sea a favor del Gobierno provincial y respecto de
su servicio, se le asignarán —a su requerimiento— la cantidad de repetidoras necesarias a
fin de cubrir todo el territorio provincia en Red de Frecuencia Unica (RFU), de conformidad
con el artículo 89, inciso de la Ley Nº 26.522, en las condiciones que fije la AFSCA.
Cuando la autorización para repetir lo sea a favor de un Municipio, a su requerimiento y
de mediar factibilidad técnica, se le autorizará la prestación del servicio de televisión abierta
digital terrestre, que deberá observar los porcentajes de programación y producción establecidos
por los artículos 62, 65 y concordantes de la Ley Nº 26.522, en las condiciones que
fije la AFSCA.
 
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Tandil, actualización.
 
Un nuevo paso para la llegada de la Televisión Digital Gratuita
 
Ignacio Fosco informó que el municipio dio el visto bueno a la colocación de la antena transmisora en la “Playa de maniobras del ferrocarril”.
 
El concejal del Frente para la Victoria comentó en su cuenta de Facebook que el municipio consideró al lugar como “apto” para la instalación de la estructura emisora.
 
De ahora en más, contando también con la aprobación de las obras civiles, se podría iniciar la etapa de montaje de la estructura para la colocación de su respectiva antena y la posterior transmisión.
 
“Hoy por hoy, y transcurridos los estudios correspondientes, se puede visualizar por fuera del terreno que la obra de extensión de electricidad ya ha comenzado. Obreros de la Cooperativa Rural Eléctrica Tandil Azul Ltda. (C.R.E.T.A.L.) iniciaron la colocación de postes de cemento con el fin de instalar allí un transformador que dotará de electricidad a la Antena de TV Digital”, expresó Fosco.
 
“Dada la fecha vale recordar que un día como hoy -29 de agosto- pero del año 2009, en el marco de la Cumbre de Presidentes de la UNASUR realizada en San Carlos de Bariloche, la Presidenta Cristina Fernández de Kirchner firmó el Decreto de creación del Sistema Argentino de Televisión Digital Terrestre. En Tandil, frente a toda adversidad y cinco años después, hacia eso vamos”, sostuvo el concejal, quien fue uno de los mayores propulsores para la llegada de este servicio a nuestra ciudad.
 
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TV Pública: Instalan los enlaces de la TDA
 
[video]http://www.youtube.com/watch?v=rU2kbRktfTo&feature=player_embedded[/video]
Publicado el 02 septiembre, 2014 / Sin comentarios
 
 
Personal de AR SAT y Astro Technologies, se encuentran trabajando en las instalaciones de Canal 12 y la antena transmisora de las señales de TV Digital Abierta, montando un enlace de microondas que será el que llevará nuestra señal para ser transmitida a través de la TDA.
 
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